viernes, 15 de enero de 2010

LA IRREGULAR DEFENSA DE LO IRREGULAR

¿De quién puede partir la defensa de lo irregular? Evidentemente, de un personaje tan irregular y tan inepto como el que preside el desgobierno de lo que fue España.

El susodicho, ayer jueves, en lo que supone una advertencia al Ayuntamiento de Vic, que se niega a empadronar a inmigrantes irregulares, vino a afirmar que "los inmigrantes irregulares también tienen derechos porque son seres humanos", añadiendo que será firme a la hora de defender la "convivencia y la integración".



No puede resultar extraña la actitud de este personaje que pretende alzarse en Europa como el inquisidor y azote de los gobiernos que incumplan con la política económica y monetaria de la UE, olvidando que en este caso debiera proceder a su autoexclusión por haber llevado a lo que fue España a la ruina.

Y ya, en ese estado de ruina económica, de desecho, da igual ahondar en los males que aquejan a la sociedad española. Así que, bienvenidos sean los irregulares, a los que habrá que empadronar para que adquieran derechos que pagamos los contribuyentes. ¡Qué bien se tira con pólvora ajena!. No hay que preocuparse, el ciudadano-contribuyente español tendrá que soportar dilaciones para acudir  a los médicos de familia en beneficio de los irregulares; tendrá que aguardar pacientemente el turno para la asistencia hospitalaria en beneficio de los irregulares; no podrá acceder a determinadas actuaciones (vivienda, subsidios, etc), pero los irregulares podrán acceder a todo tipo de prestaciones y servicios precisamente por ser defendidos por este irregular personaje.

La seriedad y el rigor debieran ser ejes de actuación de cualquier persona que actúe en la esfera pública y que genere cargas al contribuyente. La inmigración irregular, en cuanto supone un aumento de cargas para el ciudadano-contribuyente debe ser contemplada tal como es, sin componendas; es irregular y, por tanto, inadmisble en un Estado que se proclama de Derecho. Pero claro, aqui estamos en el Estado de desecho.

No obstante, llama la atención la defensa que hace el inepto personaje de los "seres humanos", cuando está por la labor de aniquilar a "seres humanos indefensos" cuya única irregularidad es la de residir en el seno materno de una mujer y tener escasos meses de vida; la irregularidad de ser un feto. ¡Jamás se vio tamaña hipocresía!.

Lo triste es que hay quien se deja engañar con esta palabrería de este y otros personajes de esta calaña y de unos cuantos voceros que manipulan e intoxican por determinados medios de incomunicación. Es la cultura de la pura demagogia.

Como contribuyente, lo que realmente duele es no llegar a fin de mes porque hemos de pagar las irregularidades de estos personajes. Y como ciudadano, lo precupante es que nos tomen el pelo. ¿Se interesa este individuo por los problemas de estos otros seres humanos que somos los ciudadanos contribuyentes?

Fuente de la noticia: http://noticias.es.msn.com/noticia.aspx?cp-documentid=151744495 que cita a europapress.es, Actualizado 14/01/2010

miércoles, 13 de enero de 2010

EL GOBIERNO DE LOS POBRES

La "tiparraca" que escupe por esa boca todo lo que puede contra la derecha, contra la Iglesia, contra todo lo que no sea PSOE o huela a rojo y ferviente defensora de la "memez histórica" en que nos ha sumido el sectarismo social comunista vuelve a mentir a los españoles de bien y pretende tratarnos poco menos que de imbéciles.

El siguiente enlace nos lleva a la noticia que se reproduce a continuación del mismo, publicada por LA GACETA.


De la Vega y su hermano, un poco más ricos gracias al régimen franquista
13:29 07 de enero, 2010 Eugenia Viñes

La vicepresidenta primera del Gobierno vive en un piso que Franco 'regaló' a su padre.




La vicepresidenta primera del Gobierno es propietaria de un piso situado en la madrileña calle de Hernani cuyo valor actual se aproximaría a los 600.000 euros, mientras que su hermano Jesús Fernández de la Vega tuvo otra casa en la misma finca que vendió en 2002 por 420.708.478 euros.


La superficie total de cada piso es de 128 metros cuadrados, dentro de un inmueble expropiado a sus legítimos dueños durante el régimen de Franco, y que fue vendido posteriormente por el Ayuntamiento de Madrid al Patronato de funcionarios del Ministerio de Trabajo, según consta en sendas inscripciones del Registro de la Propiedad número 6 de Madrid a las que ha tenido acceso LA GACETA.

Los hermanos De la Vega se convirtieron en propietarios de estos inmuebles gracias a que su padre, Wenceslao, era abogado-inspector de Trabajo y desempeñaba sus tareas como funcionario en el ministerio del ramo; trabajo que posteriormente también desempeñaría Jesús. La finca en cuestión tiene una extensión de 3.913 metros cuadrados y fue expropiada en la década de los años 60 por la Comisión de Planeamiento y Coordinación del Área Metropolitana de Madrid (Coplaco), dentro del llamado “ensanche de la Castellana”.

Las tierras, enclavadas en un barrio ya desaparecido, estaban habitadas por familias humildes quienes, junto a las casas bajas que ellos mismos edificaron, tenían huertas donde apacentaban sus pequeños rebaños de ovejas.

En diciembre de 1977 la Coplaco vendió la finca al Patronato de funcionarios del Ministerio de Trabajo por 50.878.230 pesetas y tres años más tarde, en julio de 1980, el Patronato dividió la finca y construyó pisos para sus funcionarios. Entonces Wenceslao Fernández de la Vega Pombo era abogado-inspector y trabajaba en calidad de funcionario en el Ministerio de Trabajo, lo que le permitió comprar un piso por 2.931.299 pesetas, más otro millón cuatrocientas mil pesetas de una hipoteca de Caja Madrid que pesaba sobre el inmueble. En total pagó algo más de 24.000 euros. El hermano de la vicepresidenta, compró otro piso por seiscientos euros más del precio que le costó al padre, 24.920 euros, aproximadamente. La escritura de compra tiene fecha de 19 de diciembre de 1985, con el PSOE ya en el Gobierno. Cuando 17 años después Jesús Fernández de la Vega vendió su vivienda, se embolsó un total 416.476,586 euros. Después, se trasladó a residir al señorial madrileño Paseo de Rosales.

Por su parte, la vicepresidenta primera heredó en 1997 la parte de la vivienda que le correspondía por la muerte de su padre y, en 2000, ocurrió lo mismo con la parte de su madre, Elena Sanz Roig. El piso en cuestión tiene hoy un valor aproximado de mercado de 600.000 euros.

Para la historia

Este enriquecimiento fue posible por la compraventa de unos terrenos que habían sido públicos y que fueron expropiados a la fuerza a sus legítimos propietarios con el pretexto de que “eran necesarios para ampliar el Paseo de la Castellana”.

En el recuerdo, la apostilla de Mª Teresa Fernández de la Vega cuando en agosto del pasado año visitaba Paraguay y fue presentada en un acto público como “hija de un alto funcionario del Ministerio de Trabajo durante el franquismo”. La vicepresidenta se dirigió a la tribuna y antes de comenzar su discurso, matizó: “Para que quede en la historia quiero señalar que mi padre fue un represaliado del franquismo, no un alto funcionario del franquismo”.

Durante la dictadura su padre fue distinguido con la Medalla de oro al Mérito en el Trabajo y con la Gran Cruz del Mérito Civil.

Mientras, los desempleados sufriendo la ineptitud de estos políticos sin escrúpulos
 
Esta es la España de desecho. La noticia se comenta por si sola.

JOSE BONO vs JOSÉ IGNACIO MUNILLA

Si la Iglesia opina de política, los políticos acusan a aquélla de intromisión ilegítima en los asuntos políticos, olvidando que quienes configuran dicha Institución son personas a las que asisten todos sus derechos, incluso el de votar y el de opinar libremente.

Cuando los políticos, ajenos a la Iglesia, opinan de ésta, de su funcionamiento interno o de las personas que representan a la Institución, normalmente lo hacen para interferir en asuntos absolutamente ajenos, con el único propósito, en líneas generales, de extrapolar a la Iglesia las divisiones y problemas de los propios políticos, que no son pocos, en lo que supone una intromisión, en este caso sí, ilegítima.

Sin ir más lejos, el pro abortista José Bono, que preside el Congreso de los Diputados y que se declara católico, en un programa emitido en el día de ayer, 12 de enero, en la televisión autonómica madrileña, Telemadrid, afirmó que el nuevo obispo de San Sebastián era "muy de derechas".

Este tal Bono, que debiera estar excomulgado, debería ser un poco más respetuoso para una persona como José Ignacio Munilla, el obispo en cuestión, quien, de momento, con apenas tres días en el obispado ha formulado su deseo de "sumar esfuerzos para una Iglesia al servicio del Evangelio". Además, ha declarado estar dispuesto a situarse junto a las víctimas del terrorismo, lo que supone un cambio radical en el obispado donostiarra tan proclive a situarse, hasta ahora, cercano a los nacionalistas del PNV y al nacionalismo radical.

La afirmación de Bono hay que encuadrarla en la labor de intoxicación que desde la izquierda en general y desde el PSOE en particular se está realizando en contra de la Iglesia.

Mejor estaría marchándose a su casa y luchar desde allí contra la corrupción que se respira en torno a la política de esta España decrépita. Desde luego, con individuos como Bono, no es de extrañar que José Ignacio Munilla vea incrementado el número de fieles en su diócesis en pco tiempo. Así sea


sábado, 9 de enero de 2010

PERSONACION DE LAS ORGANIZACIONES DE CONSUMIDORES YA

Victor Manuel San José, aquel cantante que saliera de Asturias hace años y que cantaba al "abuelo" Paco, se ha despachado con unas declaraciones que no pueden ser de recibo y que aparecen publicadas en 20minutos.


La fuente que se cita es EFE, noticia del 8 de enero de 2010, 17:02 horas y se inserta foto del cantante tomada por Paco Campos, de dicha Agencia. Si no lo borran, el enlace está a disposición de todos los internautas. El susodicho Victor Manuel, según la referida publicación, viene a afirmar: "El consumidor roba siempre que puede y no le pillen"; a título de broma (al parecer) afirma también que "sólo preocupa la Guardia Civil".

Nuestro vigente Código penal, en su Título XI, Delitos contra el honor; Capítulo 1, De la calumnia, en su artículo 205 viene a tipificar el delito de calumnia. "Es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad".

Si la afirmación contenida en la publicación de referencia es la más arriba reseñada, el cantante tiene que demostrar qué consumidores son los que roban y no formular una acusación con carácter general absolutamente infundada; en caso contrario está calumniando a todos y cada uno de los consumidores españoles.

Las Organizacíones de defensa de Consumidores y Usuarios debieran personarse y querellarse contra este individuo.¿O están de acuerdo con esa acusación?.

¡Hay que ver cómo cambian los tiempos! ¡Vaya bandazos! De cantar a FRANCISCO FRANCO y sus XXV Años de Paz a lo que ahora representa.

Por si alguien no conoce la letra de su primera canción, pues aqui se adjunta. Que sí, dedicada al GENERALÍSIMO FRANCO. No es 28 de diciembre; no se miente, como hace el gobierno.

Con estos antecedentes no es de extrañar que se pretenda inventar la "memez histórica e histérica" al objeto de tapar el pasado de muchos personajillos. Por supuesto, evitar descargas de la propia canción que llevaba (y lleva) por título: "Un gran hombre"

UN GRAN HOMBRE


Hay un país
Que la guerra marcó sin piedad,
Ese país
De cenizas logró resurgir,
Años costó
Su tributo a la guerra pagar,
Hoy consiguió
Que se admire y respete su paz.


No, no conocí
El azote de aquella invasión,
Vivo feliz
En la tierra que aquél levantó,
Gracias le doy
Al gran hombre que supo alejar,
Esa invasión
Que la senda venía a cambiar.


Otros vendrán
Que el camino no habrán de labrar,
Él lo labró
A los otros les toca sembrar.


Otros vendrán
Que el camino más limpio hallarán,
Deben seguir
Por la senda que aquél nos marcó,
No han de ocultar
Hacia el hombre que trajo esta paz,
Su admiración,
Y por favor,
Pido, siga esta paz.


Sólo quedaba finalizar con aquello de ¡¡¡ARRIBA ESPAÑA!!! ¡¡¡VIVA FRANCO!!! ¡¡¡POR EL IMPERIO HACIA DIOS!!!

Ver y entender para creer.

¿MERECEMOS ESTA IGNOMINIA LOS ESPAÑOLES DE BIEN?

El Mr. Bean que habita en La Moncloa, o sea, el tal Rodríguez Zapatero, en reiteradas ocasiones ha venido a afirmar que en Cataluña no hay problemas con el castellano. No miente. En Cataluña, en efecto, ni un solo problema con el castellano, sencillamente... porque está prohibido su uso.

La gota que ha colmado el vaso ha sido la del Ayuntamiento de Barcelona durante las pasadas navidades



Como se puede apreciar en la foto, El Ayuntamiento de Barcelona felicitó la Navidad en todos los idiomas... menos en castellano

Se distingue en primer lugar la felicitación en catalán: Bon Nadal.

A continuación en portugués: Boas Festas.

Luego, en árabe (creo yo); en chino, en japonés y en ruso.

El castellano brilla por su ausencia, posiblemente el cartel ya no tuviera espacio para albergar otros idiomas y se ha prescindido del castellano para favorecer otros idiomas de otras gentes que, como turistas (es un decir) merecen todos los respetos. Sinceramente, no creo que se trate de un olvido ni de una eliminación premeditada (esto es broma, claro).

¿Quién es el alcalde de Barelona? : el socialista Jordi Hereu, o sea, del mismo partido que el Mr Bean de La Moncloa que niega que en Cataluña el castellano no tenga problemas.

¡Hay que tener cara para realizar tales afirmaciones!

Y los contribuyentes españoles a pagar más basura... la socialista.

(Perdón a Mr. Bean por las comparaciones con el personaje monclovita)

¿Merecemos los españoles de bien esta ignominia?

¡¡¡BASTA YA!!! ¡¡¡ABAJO EL GOBIERNO LIBERTICIDA Y ANTIESPAÑOL!

GOBIERNO LIBERTICIDA

El Gobierno acaba de aprobar el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible que, en relación con internet y con los internautas, se traduce en la introdución de una serie de modificaciones normativas cuya finalidad, en esencia, es el bloqueo de páginas web que facilitan "descargas no autorizadas de contenidos protegidos".

Teóricamente, el procedimiento a seguir se encuadra dentro del denominado procedimiento administrativo, que puede culminar en el contencioso-administrativo, esto es, en los Tribunales de Justicia.

En el proceso administrativo propiamente dicho se crea, dependiente del Ministerio de Cultura, la Comisión de Propiedad Intelectual que va a estar compuesta por "expertos" en dicha materia y en internet. Este órgano administrativo será quien reciba las denuncias, decidiendo en cada caso si se infringen los derechos de propiedad intelectual. Se abre un plazo de alegaciones para que los denunciados puedan formular lo que convenga a su derecho y si la Comisión entiende que se infringe la ley ordenará la retirada del material o el bloqueo de la web. 

La segunda fase es la contencioso-administrativa, ante una Juez de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional; se instaura un procedimiento rápido que puede concluir con el decreto del cierre cautelar de la página en unplazo máximo de 4 días.

No vamos a entrar en valoraciones ahora. Pero, la condición de expertos en propiedad intelectual y en internet, especialmente en internet ¿quién la otorga? ¿Cómo se acredita ser experto en internet?  Estoy convencido que cualquier internauta es tan experto como cualquiera de los que puedan conformar la Comisión en cuestión. Estaremos ante una Comisión de marcado carácter político y, en todo caso, ante una Comisión creada "ad hoc" para favorecer intereses de grupos concretos, contra el interés general de los internautas. ¿Qué se va a esperar de este gobierno mentiroso, caciquil y liberticida?.

Se configura un orden jurisdiccional de excepción en la Audiencia Nacional y al Juez le viene todo dado por la propia Comisión, que ya ha decidido previamente, habiéndose convertido en juez y parte. A priori, este es un proceso exento de las mínimas garantías. El Juez de la Audiencia Nacional tendrá que decidir si o si sobre el asunto que se le plantee ya prejuzgado. Y punto. Al Juez se le remitirá la decisión de la Comisión y si la decisión de ésta es que la página web vulnera o infringe los derechos de propiedad intelectual, aquél ha de limitarse a su cierre cautelar.  

Desde luego, más que un procedimiento administrativo debiera encuadrarse en un procedimiento penal. ¿Por qué no tienen el valor de tipificarlo penalmente? Sencillamente, porque no existe en sociedad civilizada alguna una tipificación penal de las conductas que aqui pretenden perseguirse por la vía administrativa.

¿Cuánto costará al contribuyente el nuevo engendro?

Sensu contrario, si lo que se pretende es prohibir las descargas, que diga el Gobierno qué descargas quiere evitar: ¿cine? ¿música? ¿Eliminará el gobierno las ayudas a estos sectores, que paga el contribuyente-consumidor-usuario?

Pero si el contribuyente ya está pagando a los titiriteros por la vía de las subvenciones y ayudas ¿con qué cara pueden hablar de derechos? El único derecho SAGRADO es el del contribuyente que, pagando para mantener aquellas actividades, ahora se ve privado de poder consumirlas.

Habrá ocasión de profundizar en todo lo anterior, sin olvidar que es de dudosa eficacia y legalidad la intervención de los Jueces españoles acerca de páginas web alojadas en servidores de otros países.

Se incluye a continuación el siguiente

Manifiesto “En defensa de los derechos fundamentales en internet”




Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que…



1.- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.



2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial – un organismo dependiente del ministerio de Cultura -, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.



3.- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.

4.- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.



5.- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.



6.- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.



7.- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.



8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.

9.- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.

10.- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.



Este manifiesto, elaborado de forma conjunta por varios autores, es de todos y de ninguno. Si quieres sumarte a él, difúndelo por Internet.



También puedes firmar la petición en:

http://www.petitiononline.com/ed021209/petition.html

viernes, 8 de enero de 2010

¿MERECEMOS LOS ESPAÑOLES DE BIEN ESTA IGNOMINIA? ¿MERECEMOS ESTA BASURA?

Ya se sabía que ese nuevo "libro rojo" (no el de Mao) sino el de los rojos que desgobiernan lo que fue España, y el engendro de asignatura del que es soporte, denominado "educación para la ciudadanía" iban a reflejar  todo tipo de inexactitudes y que su contenido, además de intoxicador, tendencioso, manipulador, barriobajero; propio de estos ideólogos del talante.

Para muestra, un botón. En el video que se adjunta, la vicepresidenta, cuyo nombre y apellidos omito porque no quiero vomitar (lo haría sobre ella y lo que representa con mucho gusto) aparece en un colegio de Valencia adoctrinando a unos alumnos menores de 18 años; esto era el 5 de marzo de 2008, en plena campaña electoral. Sigo sin entender que se permitan este tipo de actos dirigidos a los menores que, dicho sea de paso, todavía no pueden votar precisamente por esa condición de menores.

El día 7 de marzo de 2008, tras el Consejo de Ministros (se supone por las tomas que se ofrecen desde Moncloa) la vicepresidenta viene a negar que hubiera realizado cualquier acto de ese tipo.

La hija del alto cargo del Régimen de FRANCO (un santo comparado con esta tiparraca) miente. ¿Merecemos los españoles de bien un gobierno que nos mienta? ¿Un personaje asi es presentable ante el resto de Naciones occidentales?

Por si la innombrable desconoce el significado de tiparraca le ahooro acudir al diccionario de la RAE;

Tipejo, ja. 1. m. y f. despect. Persona ridícula y despreciable

La cualidad de ridícula del personaje se desprende del propio video, cuando niega una evidencia. La cualidad de despreciable del personaje se desprende del hecho de pretender tomar al resto de ciudadanos por imbéciles.


Por el bien de las Instituciones que dice representar, pero, especialmente, por el bien de los españoles,
vicepresidenta: ¡¡¡VETE YA!!!.



miércoles, 6 de enero de 2010

PON UN CRUCIFIJO EN TU BLOG

Este blog suscribe plenamente el MANIFIESTO que a continuación se reproduce. Y ningún día mejor para su publicación que este 6 de enero en que, como cada año, los católicos celebramos la Epifanía del Señor, de ese Jesús, Niño,  cumplimentado y adorado por los Reyes Magos de Oriente.

Manifiesto en defensa de la libertad religiosa y de conciencia, y de la herencia cultural cristiana


A día de hoy observamos, con honda preocupación y tristeza, los intentos de un sector minoritario e intolerante –pero poderoso- de nuestra sociedad de hacer desaparecer del ámbito público cualquier tipo de manifestación de carácter religioso, en especial de naturaleza cristiana. Se intenta redefinir de esta forma el derecho a la libertad religiosa desde una postura laicista radical, pretendiendo imponer y limitar el ejercicio de dicha libertad al ámbito estrictamente privado e individual.

A nivel internacional, hace unos años pudimos constatar cómo en la redacción de la fracasada Constitución Europea se evitaba hacer cualquier mención a nuestras raíces cristianas, olvidando que éstas constituyen un elemento imprescindible para entender nuestro presente. En nuestros días, una reciente sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha declarado que la presencia de los crucifijos en las aulas constituía una violación de los derechos de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones y de la libertad de religión de los alumnos.


Ya en España, en los últimos años se ha marginado la asignatura de religión y se ha instaurado la obligatoria asignatura de Educación para la Ciudadanía, con una manifiesta intención adoctrinadora e ideológica por parte del Gobierno de turno. Asimismo, desde ámbitos gubernamentales se preconiza la desaparición del espacio público de cualquier símbolo religioso (el crucifijo, la biblia, el belén, etc.,), y el control exclusivo de cualquier manifestación religiosa (procesiones, actos públicos religiosos, etc). Todo lo anterior tiene por finalidad imponer el criterio laicista del Estado como el único en todos los ámbitos, desde el judicial, hasta el educativo, el moral, e incluso el religioso. De esta forma, el gobierno de turno sería la autoridad moral de la sociedad y la instancia autorizada para determinar qué conductas son tolerantes o intolerantes, morales o inmorales, y fijar sus exclusivos valores, sin atender más que a su propia ideología, negando los valores sociales y culturales permanentes -y tantas veces comunes- del resto de la sociedad.


Sin embargo, queremos hacer notar que desde hace más de 2.000 años, el Crucifijo no sólo ha sido un símbolo exclusivo de los cristianos –para los que significa sin duda la salvación realizada por Jesús a través de su muerte y resurrección-, sino también es expresión de todos los valores que aporta la civilización occidental. Tal es así, que la cruz está reflejada en las banderas y escudos de numerosos países, regiones autonómicas españolas, distintivos de organizaciones humanitarias, en los logos de numeras empresas, incluso en símbolos de grupos profesionales.


De igual forma, constatamos que en aquellos lugares donde la cruz ha sido retirada o postergada, existe no sólo una falta de tolerancia, sino que es notoria la merma democrática, y por ello, tanto la libertad como los derechos humanos subsisten de un modo muy precario o incluso llegan a desaparecer.


Por último, como mínimo exponente de la situación actual, podemos constatar que una inmensa mayoría de la población española, ya sean creyentes o ateos, ven en la cruz un símbolo de amor, entrega, esfuerzo y solidaridad, cualidades todas ellas que destacan en diversas instituciones confesionales y no confesionales que realizan una inmensa labor humanitaria tanto en nuestro país como en los países más desfavorecidos.


Por todo lo anterior, los abajo firmantes, manifestamos lo siguiente:

1. Creemos que la libertad religiosa y de conciencia es uno de los pilares de las sociedades democráticas. Su defensa y protección constituyen una de las misiones más importantes que puede realizar un ciudadano en la sociedad actual, pues el ejercicio de dicha libertad garantiza a cada persona poder establecer los criterios que han de regir todos los aspectos de su vida (familia, educación, trabajo, etc.)


2. De igual manera, consideramos que el derecho a la libertad religiosa y de conciencia, al igual que otros derechos humanos, es anterior al Estado, por tanto éste debe garantizar su protección y ejercicio sin limitaciones. Afirmamos que ninguna sociedad que renuncie a su historia, olvide sus tradiciones, consienta la destrucción de su cultura, y limite o suprima la libertad religiosa o de conciencia de sus ciudadanos, podrá subsistir en el tiempo. Así mismo, perderá su identidad y su unidad, limitando por tanto la justicia y la libertad.


3. Recordamos que dicha libertad ha sido reconocida expresamente en distintos textos y tratados internacionales.


a. En efecto, a ella se refiere la “Declaración Universal de Derechos Humanos”, de 10 de diciembre de 1948 (art. 18); la posterior “Declaración sobre eliminación de todas formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o convicciones”, de 25 de noviembre de 1981, cuyo artículo 1, en su párrafo 1, indica que “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Este derecho incluye la libertad de tener una religión o cualesquiera convicciones de su elección, así como la libertad de manifestar su religión o sus convicciones individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante el culto, la observancia, la práctica y la enseñanza”.


b. Igualmente, este derecho ha sido reconocido en el “Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales”, de 4 de noviembre de 1950 (art. 9); en la “Convención Americana de Derechos Humanos”, de 22 de noviembre de 1969 (art. 12),

c. También ha sido plasmado en la “Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea”, que ha sido incorporada al Derecho comunitario europeo por el Tratado de Lisboa, firmado el 13 de diciembre de 2007, y que ha entrado en vigor el 1 de diciembre de 2009.


d. Ya en el ámbito de España, el artículo 16 de la Constitución fija que “se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la Ley (1). … Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones (3).


e. De igual forma, la Iglesia católica también reconoce y proclama la libertad religiosa. Así, la Declaración Dignitatis Humanae del Concilio Vaticano II, nos dice en su apartado 2: “Este Concilio Vaticano declara que la persona humana tiene derecho a la libertad religiosa. Esta libertad consiste en que todos los hombres han de estar inmunes de coacción, tanto por parte de individuos como de grupos sociales y de cualquier potestad humana, y esto de tal manera que, en materia religiosa, ni se obligue a nadie a obrar contra su conciencia, ni se le impida que actúe conforme a ella en privado y en público, sólo o asociado con otros, dentro de los límites debidos. Declara, además, que el derecho a la libertad religiosa está realmente fundado en la dignidad misma de la persona humana, tal como se la conoce por la palabra revelada de Dios y por la misma razón natural. Este derecho de la persona humana a la libertad religiosa ha de ser reconocido en el ordenamiento jurídico de la sociedad, de tal manera que llegue a convertirse en un derecho civil”.

f. También Benedicto XVI, en su discurso a los miembros del Cuerpo Diplomático en enero de 2009, afirmaba que “una sociedad sanamente laica no ignora la dimensión espiritual y sus valores, porque la religión no es un obstáculo, sino más bien al contrario un fundamento sólido para la construcción de una sociedad más justa y libre”.


4. Por lo tanto, sostenemos que la presencia del crucifijo o de otros símbolos religiosos de secular tradición en España y Europa, en espacios comunes, no sólo no atenta contra nadie, ya que a nada obliga, sino que hace presente una realidad cultural e histórica que garantiza la existencia de un ámbito social de libertad de conciencia y religiosa entre los ciudadanos, expresando valores comunes y permanentes como el respeto a la dignidad de cada persona, la defensa de los más pobres y oprimidos, el compromiso por una sociedad justa, solidaria y libre, la invitación a actuar en todos los ámbitos de la vida de modo honesto y en el respeto de la legítima legalidad, así como tantos otros que deben no sólo mantenerse, sino ser puestos en valor tanto en la enseñanza, como en el resto de los ámbitos sociales.

5. Frente a los más diversos prejuicios, incomprensiones u hostilidades políticas, sociales y culturales, que intentan cambiar e imponer su restrictivo criterio a la mayoría de la sociedad, queremos expresar a través de la campaña ‘POR LA LIBERTAD: PON UN CRUCIFIJO EN TU BLOG”, la necesidad de no olvidar quiénes somos, de dónde venimos y cuales son nuestros valores.

6. Todos los aquí firmantes, creyentes o no, nos sentimos orgullosos de nuestra herencia cultural, de componente mayoritariamente cristiano, que ha dado forma a nuestra civilización occidental y a nuestras libertades. Una civilización que entronca con la democracia griega, con el derecho romano, con las tradiciones judías y cristianas, y en especial con Jesús de Nazaret, aquel hombre que con su vida, su muerte y su predicación cambió el rumbo de la historia universal, contribuyendo de modo notorio a la creación de la más bella y fructífera de todas las civilizaciones y culturas de la historia: la civilización occidental, a la que nos sentimos orgullosos de pertenecer.

7. Queremos que todos estos principios estén presentes en el ámbito educativo, para de este modo contribuir a la trasmisión de nuestros valores a la próxima generación, y conseguir, finalmente, que junto a todos nuestros conciudadanos, de cualquier nacionalidad, raza o religión, construir una sociedad más justa, más unida, más razonable, y sobre todo, más libre.


En Internet, a 28 de diciembre de 2009


Hasta aqui el MANIFIESTO de referencia. Leamos cuidadosamente la primera de las entradas. ¿En qué se diferencia la actitud Nacionalsocialista para con los cristianos de la adoptada por la basura socialista que nos toca sufrir en esta España convertida en auténtico detrito jurídico de las sociedades occidentales?
 
El Tribunal Penal Internacional ¿será capaz de imputar a los sectarios dirigentes socialistas el mismo cargo imputado en el año 1945 a los dirigentes Nacionalsocialistas? ¿O el Derecho y la Justicia se aplican de distinta manera según sea el sujeto a imputar?  Mucho me temo que sí;  que de Nüremberg a nuestros días asistimos a la mera representación de una farsa jurídico-politica en la que el ciudadano interviene como mero espectador pasivo. Ya se encargarán, por cualquier medio, de reprimir todo intento de sublevación ante la misma.
 
¡Qué pena de esta España! ¡Qué pena de esta Europa!. 
 
 

martes, 5 de enero de 2010

FELIZ 2010

He pretendido iniciar el nuevo año 2010 con un canto a la libertad que, hasta ahora nos ofrece Internet; particularmente a través de los blogs.

Este blog nace ante la necesidad de denunciar al mundo entero (Internet traspasa las fronteras nacionales, afortundamente) la regresión que se ha producido y produce en España desde que el socialismo ha tomado el poder.

Jamás, desde los denominados "procesos de Nüremberg" allá por el año 1945 se ha asistido en Estado occidental alguno a la utilización bastarda de la justicia por la política. Los procesos o juicios fueron un total de 12. En síntesis, los procesos referidos fueron 12, además del principal contra los principales dirigentes Nacionalsocialtistas; fueron los siguientes:

1º. El denominado "Juicio de los doctores". que se siguió contra 24 médicos acusados de conspiración, crímenes de guerra y contra la humanidad. Dentro de estos crímenes se incluyeron casos de esterilización forzosa y masiva de enfermos; el asesinato de más de 300.000 enfermos, llevado a cabo de modo especial en hospitales psiquiátricos durante el Programa de Eutanasia Aktion T-4; igualmente fueron acusados de colaboración y/o participación directa en el confinamiento, tortura y exterminio de miles de personas en campos de concentración; e, igualmente, la realización de investigaciones médicas coercitivas, nocivas y letales contra prisioneros de guerra y civiles y contra pacientes en hospitales y otras instituciones médicas.

2º. Juicio contra Erhard Milch, Mariscal de Campo alemán, al que se acusó de graves crímenes en campos de concentración.

3º. El "Juicio de los Jueces". Que es el que importa, realmente, seguido contra un total de 16 abogados y jueces, acusados de establecer el aparato jurídico nacionalsocialista. En concreto, fueron acusados y declarados culpables de los presuntos delitos de conspiración criminal, crímenes de guerra y contra la humanidad, en particular, por la aplicación de las leyes de higiene racial y las leyes y decretos contra la población judía. Así, el sometimiento, por orden judicial, de los enfermos a esterilización médica; o la condena a prisión y/o pena de muerte a judíos que hubieran mantenido relaciones sexuales, ya fueran probadas o no, con ciudadanos alemanes, así como la condena, mediante disposición judicial, a miles de personas a ser confinados en campos de concentración. La acusación contra este colectivo fue, esencialmente, por aplicar la ley emanada del poder político.

4º. Juicio de Pohl, seguido contra la oficina Endlösung, oficina administrativa responsable de los campos de concentración, de la que su Jefe era Oswald Pohl.

5º. Juicio de Flick, seguido contra el industrial alemán Friedrich Flick, acusado de utilizar el trabajo esclavo, así como de crímenes contra la humanidad.

6º. Juicio a la IG Farben, Empresa del sector químico industrial alemá; como en el caso anterior, hizo uso del trabajo esclavo.

7º. El Caso austral o Juicio de los rehenes, en cuya virtud se persiguió la responsabilidad del Alto Mando Alemán por las presuntas masacres y graves violaciones de las Leyes de Guerra durante la Campaña de los Balcanes.

8º. El Juicio RuSHA seguido contra los promotores de la idea de pureza racial y del programa Lebensborn.

9º. Juicio a los Einsatzgruppen, seguida contra las denominadas "brigadas de la muerte de las SS" por la práctica del exterminio de los judíos por medio de los Einsatzgruppen.

10º. Juicio de Krupp, contra los dirigentes del famoso grupo industrial alemán, por su participación en la preparación de la guerra, así como la utilización de trabajo esclavo durante la contienda.

11º. Juicio de los Ministerios, contra los dirigentes del Estado Nacionalsocialista, por su presunta participación en atrocidades cometidas tanto en territorio alemán como en los territorios ocupados.

12º. Juicio del Alto Mando, seguido contra los generales del Ejército, Armada y Fuerza Aérea alemana (no se sabe si contra el OKH, o sea Alto Mando del Ejército o contra el OKW, Alto Mando de la Wehrmacht, o contra todos indiscriminadamente), por la presunta comisión de graves y terribles atrocidades durante la II Guerra Mundial.

Todos estos procesos son consecuencia del denominado JUICIO PRINCIPAL, cuya primera sesión tuvo lugar en Nüremberg el 20 de noviembre de 1945. El referido procedimiento se siguió ante el Tribunal Internacional Militar, creado "ad hoc" para la ocasión.

Estaba compuesto por:

GEOFFREY LAWRENCE, por el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Presidente del Tribunal NORMAN BIRKETT, Suplente.
FRANCIS BEVERLEY BIDDLE, por Estados Unidos de América. JOHN J. PARKER, Suplente.
HENRI DONNEDIEU DE VABRES, por la República Francesa; ROBERT FALCO, Suplente. Iona Timofeevich Nikitchenko, por la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas. Alexander Fedorovich Volchkov, Suplente.

El Consejo Fiscal o Comité de Acusación estaba compuesto por:

Fiscal jefe por los Estados Unidos de América: Robert H. Jackson
Fiscal jefe por el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte: H.M. Fiscal General, Sir Hartley Shawcross, K.C., M.P.
Fiscal jefe por la República Francesa: M. Francois de Menthon y M. Auguste Champetier de Ribes
Fiscal jefe por la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas: General R.A. Rudenko

Cada Jefe fiscal estaba auxiliado por otros fiscales designados igualmente por cada Estado firmante.

En el caso de la representación soviética, ninguno de sus componentes acreditaba formación jurídica alguna; eran militares.

El Tribunal Militar Internacional, como queda dicho, fue una creación "ad hoc" en virtud el Acuerdo de Londres de 8 de agosto de 1945, Estatuto del Tribunal y Anexo, firmado por los representantes de los Gobiernos del Reino Unido, Francia, Estados Unidos y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas. El Comité de Fiscales fue designado por dichos Países.

Los cargos imputados fueron:

I. EL PLAN COMÚN O CONSPIRACIÓN (Al amparo de lo dispuesto en el artículo 6.a del Estatuto).
II. CRÍMENES CONTRA LA PAZ (Al amparo de la misma "norma penal")
III. CRÍMENES DE GUERRA (Al amapro de lo dispuesto en el artículo 6.b del Estatuto)
IV. CRÍMENES CONTRA LA HUMANIDAD (Al amparo de los dispuesto en el artículo 6.c del Estatuto)

Sr. SIDNEY ALDERMAN fue quien formuló inicialmente la acusación.

En su exposición, conviene reseñar los "Detalles de la naturaleza y desarrollo del plan común o conspiración"

El apartado D.3.c no tiene desperdicio: " Los conspiradores nazis consideraron que, además de suprimir a la oposición política, era necesario suprimir o exterminar a otros movimientos o grupos que veían como obstáculos a su mantenimiento del control total de Alemania, y a los fines agresivos de la conspiración en el extranjero

...

Para ello:

...
(2) Los conspiradores nazis, promoviendo creencias y prácticas incompatibles con las enseñanzas cristianas, trataron de eliminar la influencia de las distintas Iglesias sobre el pueblo, y en particular sobre la juventud, de Alemania. Se fijaron como objetivo eliminar las Iglesias Cristianas de Alemania y trataron de sustituirlas por instituciones nazis y creencias nazis, ejecutaron un programa de persecución de sacerdotes, pastores y miembros de órdenes monásticas que consideraron que se oponían a sus planes, y confiscaron propiedades de la Iglesia.

(3) La persecución hecha por los conspiradores nazis de grupos pacifistas, incluidos movimientos religiosos dedicados al pacifismo, fue particularmente despiadada y cruel".

...

(e) Para hacer que el pueblo alemán estuviera dispuesto a cumplir su voluntad, y para prepararles psicológicamente para la guerra, los conspiradores nazis reformaron el sistema educativo y en particular la educación de la juventud alemana. Se introdujo el principio de liderazgo en las escuelas y se dieron poderes de supervisión de la educación al Partido y organizaciones afiliadas. Los conspiradores nazis impusieron la supervisión de todas las actividades culturales, controlaron la diseminación de información y la expresión de opinión en Alemania, así como el movimiento de cultura de todo tipo tipo desde y hacia Alemania, y crearon grandes sistemas de propaganda".

Además otros 22 cargos parciales dirigidos, respectivamente, contra dirigentes y organizaciones Nacionalsocialistas.

El Capitán V. V. KUCHIN, Fiscal jefe designado por la URSS en la exposición del Tercer Cargo afirma:

"Estos métodos y crímenes constituyeron violaciones de convenciones internacionales, de leyes penales internas y de los principios generales del código penal según se derivan del código penal de todas las naciones civilizadas, y se hicieron dentro de, y como parte de, un patrón sistemático de conducta".

El Fiscal jefe JACKSON, designado por los Estados Unidos, ya en la acusación individualizada afirma:

"Se ha de decir, para hacerle justicia a Von Hindenburg, que la propia Constitución le autorizaba a suspender temporalmente estos derechos fundamentales “si la seguridad pública y el orden del Reich Alemán se veían considerablemente alterados o amenazados”. También se ha de reconocer que el Presidente Ebert había recurrido anteriormente a este poder.

Ebert, recordemos, era miembro del PSD (Partido Socialista Alemán)

"Pero el golpe Nacionalsocialista fue hecho posible porque los términos del decreto Hitler-Hindenburg diferían de todos los anteriores en que se había invocado el poder de suspensión. Cuando el Presidente Ebert suspendió las garantías constitucionales de los derechos individuales, su decreto revivió expresamente la Ley de Custodia Protectiva adoptada por el Reichstag durante la guerra anterior. Esta Ley garantizaba una audiencia ante un juez en las veinticuatro horas siguientes al arresto, concedía el derecho a disponer de defensa e inspeccionar todos los documentos relevantes, concedía el derecho al recurso, y autorizaba una compensación con fondos del Tesoro por arrestos erróneos.

El decreto Hitler-Hindenburg del 28 de febrero de 1933 no incluía esas salvaguardas. Puede que von Hindenburg no se diera cuenta de la omisión. Ciertamente, no fue consciente de sus efectos. Permitió que la política nazi y las formaciones del partido, ya existentes y funcionando a las órdenes de Hitler, actuaran sin control ni responsabilidad. El arresto secreto e indefinido sin cargos, sin pruebas, sin comparecer ante un juez, sin defensa, se convirtió en el método para aplicar castigos inhumanos a aquellos de los que los nazis sospechaban o a los que no les gustaban. Ningún tribunal podía emitir órdenes, o solicitar un habeas corpus. El pueblo alemán estaba en manos de la policía, la policía estaba en manos del Partido Nazi, y el Partido estaba en manos de hombres malignos, de los que los acusados aquí presentes son líderes supervivientes y representativos.

La conspiración nazi, como demostraremos, siempre contemplaba no sólo la mera victoria sobre la oposición del momento, sino también el exterminio de elementos que no concordaran con su filosofía del Estado. No sólo trataba de establecer el “nuevo orden” nazi, sino que también trataba de asegurar su camino, como predijo Hitler, “durante mil años”. Los nazis nunca dudaban o mostraban desacuerdo sobre quiénes eran esos elementos disidentes. Fueron concisamente descritos por uno de ellos, el Coronel-General VonFritzsche, el 11 de diciembre de 1938, con estas palabras:

Poco después de la primera guerra llegué a la conclusión de que debíamos vencer en tres batallas en Alemania para ser poderosos de nuevo: (1) La batalla contra la clase trabajadora- Hitler la ha ganado; (2) Contra la Iglesia Católica, quizás mejor dicho, contra el Ultramontanismo; (3) Contra los judíos”. (1947-PS)

Si extrapolamos a la España actual alguna de aquellas características no resulta difícil observar que:

1º. Al igual que el NSDAP (Partido Nacionalsocialista Alemán), el PSOE también pretende el control total de España. Pueden diferir los métodos, pero las persecuciones al principal grupo de la oposición, así como las verificadas en relación con movimientos católicos, con la Iglesia, permiten albergar, por lo menos, ciertas dudas al respecto.

2º.- El NSDAP, según la acusación, pretendía la eliminación de las enseñanzas cristianas y de cualquier actividad que pudiera impregnarse en la juventud alemana. Pretendía, la aniquilación de la Iglesias Cristianas. En España ¿qué se está proponiendo por el poder político social-comunista?: la aniquilación de cualquier vestigio cristiano en general y católico en particular. ¿Sería capaz el Tribunal Penal Internacional de mantener una acusación en la actualidad contra la dictadura implantada en España en pleno siglo XXI por el PSOE y sus aliados?. Todavía se está a tiempo de impedir las persecuciones despiadadas y crueles que, en teóría se llevaron a cabo durante el Régimen Nacionalsocialista.

3º.- El Fiscal jefe V.V. KUCHIN, sin pretenderlo probablemente, vino a afirmar un principio jurídico: lá homologación de los códigos penales de las naciones civilizadas. ¿Es homologable al resto de los código penales de esas naciones entre las que, hasta ahora, se encontraba España, un código penal que se aplica de manera discriminatoria según se aplique a personas de un sexo o de otro? Discriminación que, por muy positiva que se pretenda en favor de un colectivo, implica sensu contrario, discriminación negativa para otro colectivo; discriminación avalada por un Tribunal Constitucional sumido en el mayor de los desprestigios.

4º.- Al igual que entonces, la policía y la justicia están en manos del poder político; entonces en manos del NSDAP; actualmente en manos del PSOE. Las minorías, especialmente aquellas que no se muestran conformes con la idea de Estado que difunde el PSOE, estorban. Especialmente la molesta la Iglesia Católica (hoy como entonces) a la que se tildaba de ultramontana; hoy se refiere en círculos del poder a la Iglesia Católica como retrógrad, antidemocrática. Ver para creer.

Y todo lo anterior ¿a qué obedece? Ya se ha dicho: la necesidad que tiene el PSOE y sus aliados del control total de la sociedad española para moldear un Estado social-comunista en que la persona se vea postergarda a su mera condición de ciudadano-contribuyente y votante (esporádicamente). Si existe resistencia, utilizará el gobierno todos los resortes a su alcance para hacer desaparecer a los colectivos disidentes; no quepa la menor duda.

Los beneficiarios de todo este desbarajuste jurídico son, indudablemente, el propio PSOE y los partidos aliados y/o satélites; los sindicatos (a los cuales todos los contribuyentes estamos obligados a afiliarnos como consecuencia de las prebendas instituidas en su favor con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, que financiamos todos los contribuyentes, tanto de derechas como de izquierdas). Por último, el colectivo que sale más beneficiado es el de las feministas. En España se ha instaurado un régimen feminista de corte integrista. Las leyes se aplican con efectos retroactivos y se utilizan políticamente los resortes de una justicia sometida; estos son los lodos que introdujo en su dia el gobierno PSOE con la introducción del llamado cuarto turno en la Judicatura, o sea, el designio a dedo de Jueces. Igual que denunció el Fiscal jefe JACKSON en su momento.


¿Habrán aprendido los actuales dirigentes socialistas del Ministro de Propaganda del III Reich, GÖBBELS? Pues hoy como entonces, que se gritaba: ¡¡¡DEUTSCHLAND ERWACHE!!!:  conviene alzarse al grito de¡¡¡ESPAÑA, DESPIERTA!!! e impedir el "nuevo orden".

España ya no es un Estado de Derecho. Simplemente, es un estado de desecho.