viernes, 16 de julio de 2010

PENSIONAZO VIII. EL DESPILFARRO AUTONÓMICO.- ASTURIAS

ASTURIAS

Hoy toca la región asturiana; una de las regiones españolas que, históricamente, más ayudas del Estado ha recibido para mantener estructuras productivas absolutamente insostenibles, como la minería.

Los presupuestos de Asturias fueron aprobados mediante Ley 3/2009 del Principado de Asturias, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2010 y la Ley 4/2009 del Principado de Asturias, de 29 de diciembre, de Medidas Administrativas y Tributarias de Acompañamiento a los Presupuestos Generales para 2010. (BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS - BOPA número 301, de 31 de diciembre de 2009)

El presupuesto de gastos para el ejercicio 2010 asciende a 4.600.028.244.- euros.

a) Deuda pública.

La primera de las partidas de gastos es, precisamente, la deuda pública, dotada con 165.000.000.- euros.

En relación con el endeudamiento de la comunidad asturiana, la Ley de Presupuestos recoge los siguientes artículos:

“Artículo 33.- Operaciones de crédito a largo plazo.

1. A los efectos de lo establecido en los artículos 49 y siguientes del Texto Refundido del Régimen Económico y presupuestario, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 2/1998, de 25 de junio, y dentro de los límites establecidos con carácter básico por la legislación estatal, se autoriza al Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, a concertar operaciones de crédito a largo plazo o emitir deuda pública hasta un importe de 633.000.000 de euros.

2. La emisión y, en su caso, la formalización de las operaciones de crédito previstas en el apartado 1 podrán concretarse en una o varias operaciones en función de las necesidades de tesorería, no pudiendo demorarse más allá del ejercicio inmediato siguiente al de vigencia de la presente Ley.

3. La autorización del Consejo de Gobierno al Consejero de Economía y Hacienda para la emisión de la deuda pública o la formalización de las operaciones de endeudamiento servirá de justificante al reconocimiento contable de los corres¬pondientes derechos en el presupuesto de ingresos del Principado de Asturias.

4. El Consejo de Gobierno dará cuenta a la Junta General de las operaciones que se concierten al amparo de lo previsto en los apartados anteriores.

Artículo 34.- Operaciones de crédito a corto plazo.

1. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 48 del Texto Refundido del Régimen Económico y Presupuestario, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 2/1998, de 25 de junio, y al objeto de cubrir necesidades transitorias de tesorería, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, podrá autorizar adicionalmente la concertación de operaciones de endeudamiento por un plazo igual o inferior a un año, con el límite del 10 por ciento del estado de gastos de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2010.

2. El Consejo de Gobierno dará cuenta a la Junta General de las operaciones que se concierten al amparo de lo previsto en el apartado anterior.

Artículo 35.- Operaciones de crédito a largo plazo de los organismos autónomos.

1. A los efectos de lo establecido en el artículo 47 del Texto Refundido del Régimen Económico y Presupuestario, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 2/1998, de 25 de junio, previo informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda, la Junta de Saneamiento podrá concertar operaciones de crédito a largo plazo con destino a la financiación de inversiones con un límite de 67.227.000 euros.

2. El Consejo de Gobierno dará cuenta a la Junta General de las operaciones que se concierten al amparo de lo previsto en el apartado anterior.

Artículo 36.- Operaciones de crédito a largo plazo de las entidades públicas.

1. Previo informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda, las entidades públicas Bomberos del Principado de Asturias y 112 Asturias podrán concertar operaciones de crédito a largo plazo con la limitación de que el saldo vivo de la deuda a 31 de diciembre de 2010 no supere al correspondiente a 1 de enero de 2010.

2. El Consejo de Gobierno dará cuenta a la Junta General de las operaciones que se concierten al amparo de lo previsto en el apartado anterior.

Artículo 37.- Endeudamiento a corto plazo de los organismos autónomos.

1. Con el fin de cubrir necesidades transitorias de tesorería de los organismos autónomos, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Economía y Hacienda, podrá autorizar la concertación de operaciones de crédito por un plazo igual o inferior a un año, con el límite máximo del 5 por ciento del crédito inicial del estado de gastos de sus Pre¬supuestos para el ejercicio 2010. estas operaciones deberán ser canceladas antes del 31 de diciembre de 2010.

2. El Consejo de Gobierno dará cuenta a la Junta General de las operaciones que se concierten al amparo de lo previsto en el apartado anterior”.

Esto es, el desgobierno social-comunista que en absoluto es capaz de regir los destinos de la región, sino conducirla al abismo, ya contempla para el ejercicio 2010 un déficit presupuestario de 633.000.000.- euros con cargo a la deuda pública

La deuda de la Comunidad asturiana, de conformidad con los datos ofrecidos por el Boletín estadístico del Banco de España de mayo de 2010 asciende, a 31 de diciembre de 2009, a 1.080 millones de euros.

b) Parlamento y altos cargos políticos.

La alta dirección del desgobierno asturiano cuesta al contribuyente 30.439.390.- euros

La Junta General del Principado o parlamento asturiano cuesta al contribuyente durante el ejercicio 2010 un total de 14.867.100.- euros; como en casos anteriores, una simple división permite calcular lo que cuesta cada diputado. El parlamento asturiano o Junta General del Principado cuenta con 45 diputados; por tanto, 14.867.100/45 = 330.380.- euros por diputado.

También en esta Comunidad se distingue entre diputados con dedicación exclusiva y aquellos que no tienen dicha dedicación.

Diputados con dedicación absoluta: 2.980,82 euros mensuales
Diputados sin dedicación absoluta: 933,74 euros mensuales
Presidencia: 4.309,61 euros mensuales
Portavoces grupos parlamentarios: 3.663,16 euros mensuales
Miembro de la Mesa con dedicación absoluta: 3.663,16 euros mensuales
Miembro de la Mesa sin dedicación absoluta: 2.442,12 euros mensuales
Gastos de manutención y estancia: 933,74 euros mensuales con carácter general.
Desplazamientos: 0,18 euros el kilómetro con carácter general.

Perciben dos pagas extraordinarias, en los meses de junio y diciembre, equivalentes cada una al cómputo de salario y complemento

Estos datos han sido extraídos de la prensa, ya que el parlamento asturiano no informa al ciudadano. Ni siquiera informa de las normas que contienen los acuerdos relativos a las retribuciones de los parlamentarios. O sea, un secreto. ¡Es el colmo! ¡Que represente un secreto lo que cobran los diputados asturianos en el parlamento asturiano!.

En el caso asturiano, se destina una partida para “alto asesoramiento de la Comunidad Autónoma”, que asciende 2.010.615.- euros

La oficina del procurador general (defensor del pueblo asturiano) cuesta al contribuyente 4.073.154.- euros. Esta partida es de las que se puede eliminar en el futuro dada la inutilidad de estos cargos.

c) Medios de comunicación de titularidad de la Comunidad Autónoma.

Por descontado, esta autonomía se verá anegada como consecuencia de la ineficiencia de los servicios de mantenimiento que han sido incapaces de prevenir los últimos desastres en algunas zonas, como el ocurrido en el occidente asturiano, especialmente entre los concejos de Valdés y de Navia, en el tramo de la carretera nacional 634 conocido como “El Bao”, por poner un simple ejemplo, pero no tendrá problemas en orden a mantener sus propios órganos de manipulación e intoxicación informativa. La gestión de la televisión y la radio del desgobierno social-comunista asturiano se realiza a través del Ente Público de Comunicación del Principado de Asturias.

En la actualidad cuenta con la Televisión del Principado de Asturias (TPA) con dos canales y un tercero en pruebas de Alta Definición (HD), además del canal satélite. La emisora de radio es la Radio del Principado de Asturias (RPA) con cobertura en la práctica totalidad del territorio.

El desgobierno social-comunista de Asturias es de los más sectarios de cuantos rigen los destinos de las Comunidades Autónomas. Limita el libre acceso a las ondas por parte de las empresas privadas con contrastada presencia en los medios; se limita el ejercicio del derecho a una información libre y veraz que es de aplicación general a todos los ciudadanos mediante la concesión arbitraria de licencias de TDT y de FM en beneficio de empresas y particulares ideológicamente afines o simplemente “amigos”, pero el bodrio de la TPA y de la RPA cuenta con plena cobertura en todas las zonas; una cobertura que paga, por supuesto, el contribuyente.

Eso sí, el presidente (presidentín como le llaman por Asturias) sectario quiere establecer el copago sanitario, extensible a aquellos pensionistas con ingresos próximos a los 2.000 euros mensuales. Para echarse a temblar, ya que a ver qué entiende por proximidad a ese importe.

Mejor estaban cerrando esos bodrios y liberando recursos para otras actuaciones prioritarias, como sanidad de manera principal. Los hospitales comarcales, caso de Jarrio y Cangas de Narcea suelen presentar alarmantes carencias de recursos humanos y materiales, lo que motiva que los enfermos tengan que acudir a Oviedo para la asistencia hospitalaria. Se ha acometido la construcción de un macro hospital en Oviedo, lo que supone la centralización hospitalaria; justo lo contrario de lo que cabía esperar, esto es, dotar a los hospitales comarcales de los suficientes recursos humanos y materiales, ampliando especialidades, de manera que la asistencia hospitalaria no se concentre en la capital. No es raro, con el coste que supone, ver un helicóptero surcando los cielos del occidente asturiano para trasladar enfermos desde los hospitales de Jarrio o de Cangas de Narcea hasta Oviedo.

Pero, las prioridades del desgobierno sectario son otras, evidentemente; están en la manipulación e intoxicación informativas.

Pero aquí, además, se riza el rizo; cuentan con una empresa propia dedicada a la producción de programas. Se desconoce si venden alguno de los que producen, pero viendo la calidad de sus emisiones, poco pueden ofrecer.

El presupuesto del referido Ente para el ejercicio 2010 asciende a 39.234.365.- euros.

Se transcriben aquí las partidas recogidas en el cuadro contenido en la página 4/632 del BOPA número 301, de 31 de diciembre de 2010

PRESUPUESTO CONSOLIDADO EPC:  36.518.921 + 2.715.444 = 39.234.365

EPC DEL PRINCIPADO ASTURIAS: 29.694.524 + 745.190 = 30.439.714

T.P.A., S.A:. 28.749.417  + 1.825.254  = 30.574.671

R.P.A., S.A.: 2.427.695 +  60.000 = 2.487.695

P.P.P.A., S.A.: 1.658.755 + 85.000 = 1.743.755

Las cifras de la primera columna o primer sumando refieren presupuestos de explotación; las de la segunda columna o segundo sumando, las de presupuestos de capital; la tercera, la suma de ambas (se supone).

Se debe suponer que el presupuesto consolidado es la suma de los presupuestos de las sociedades que conforman el Ente Público; pero admitiendo que no fuera así las partidas correspondientes al Ente Publico, fila segunda, sí debieran ser el reflejo de la suma de lo presupuestado para las distintas sociedades. Pues tampoco es así; la Televisión tiene sólo ella una presupuesto mayor que el Ente al que pertenece la sociedad. ¿Alguien lo entiende? ¿O es que ya no saben sumar o, lo que es peor, no saben confeccionar un presupuesto a pesar de contar con tan alto asesoramiento?

Para rematar, también cuenta con una Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias, que supone al contribuyente 5.990.024.- euros.

Desde luego no se conoce la finalidad de la existencia con cargo al dinero del contribuyente de este tipo de organismos; la única finalidad será de la de amenizar los actos del presidentín Areces y los miembros de su desgobierno, o bien amenizar unos determinados premios que representan siempre, pero más en un estado de crisis como el actual, un oprobio, una ignominia para el pueblo asturiano en particular y para el contribuyente español en general.

d) Subvenciones.

En este capítulo nos encontramos, desgraciadamente, como en las demás Autonomías. Pero aquí se subvencionan a Ayuntamientos, a Empresas (caso de Air Asturias, que luego cerró), a Sindicatos... en fin a todo aquello que pueda servir a los fines sectarios del desgobierno social-comunista.

¡Pobre Asturias! Y luego andan llorando e implorando ayudas. El consejo más certero: que mamen de las tetas de las vacas que están sacrificando por abandono de la actividad ganadera.

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